¿Qué es el Renat?

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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó la vigencia del Nuevo Reglamento Nacional de Administración de Transportes (Renat), mediante el cual se regula el servicio de transporte terrestre de personas y de mercancías.

El reglamento entra en vigencia a partir del 01 de julio de 2009. La norma no comprende dentro de su ámbito el servicio de transporte ferroviario y el servicio de transporte especial de usuarios en vehículos menores motorizados o no motorizados, los que se rigen por sus leyes y reglamentos respectivos.


¿Qué supervisará el Renat?

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Control de velocidad

Es una de las medidas más novedosas, destinada a exigir a las empresas de transporte interprovincial la implementación de sistemas inteligentes que puedan regular el exceso de velocidad.

De este modo cuando una unidad de transporte supere la velocidad máxima permitida (90 kilómetros por hora) se activará una señal que advierta a los usuarios.

Asimismo, las unidades de transporte deberán contar con un sistema de monitoreo inalámbrico que informe constantemente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y a la Policía Nacional del Perú (PNP). En ese sentido, si se superan los 110 Km/h, el vehículo será detectado.

Se exigirá además el uso de un dispositivo registrador digital (más conocido como tacógrafo) en el que quedarán registradas las ocurrencias durante el viaje, incluso los cambios de conductor para cumplir la jornada máxima permitida.

Fiscalización

Se supervisará el uso de implementos visuales, tales como los que den cuenta de la velocidad en la que se desplaza el vehículo, el número de placa, el nombre de los conductores a cargo del bus, así como los números de teléfono a los que se puede llamar si es que es necesario realizar cualquier tipo de denuncia.

Controles médicos

Con la vigencia de este nuevo reglamento, los conductores de las empresas de transporte serán sometidos a exhaustivos controles médicos que incluyen un examen psicológico, previa selección aleatoria.

Condiciones técnicas

Se exigirá que las nuevas unidades que ingresen al servicio público de pasajeros deban tener un máximo de tres años de antigüedad. Asimismo, los vehículos con más de 15 años de uso irán saliendo progresivamente del mercado.

Regulación de terminales

Las empresas tienen la obligación de contar con terminales terrestres, estaciones de ruta cuando corresponda. De ser detectado que sus unidades de transporte recogen pasajeros de manera indebida la empresa será pasible de la aplicación de sanciones que podría concluir en la cancelación de la autorización de ruta.

Condiciones legales

Queda completamente prohibido que personas que tengan antecedentes penales por narcotráfico, lavado de activos, contrabando puedan prestar el servicio de transporte público. Igualmente se establece la obligación que las empresas deben estar al día con el pago de sus sanciones.

Protección a los niños

Las empresas de transportes público interprovincial no podrán vender boleto de viaje a menores que no se identifiquen con partida de nacimiento o Documento Nacional de Identidad (DNI) y permiso de viaje.
Asimismo se establece que los niños de más de cinco años deben ocupar un asiento y por ende pagar su respectivo boleto.

Observatorio de transporte

El Reglamento crea un Observatorio de Transporte donde el Estado en conjunción con la empresa privada, las universidades e institutos realizarán investigación sobre las modalidades de transporte, los problemas que presenta, los temas que generan inconvenientes, etc. Los resultados servirán para orientar las decisiones futuras sobre política de transporte.


Medidas preventivas del Renat:

reglamento

Retención del vehículo: Si la infracción no es subsanada en un plazo de 24 horas se procede al internamiento del vehículo.

Remoción del vehículo: Se aplica cuando el vehículo es utilizado intencionalmente para el bloqueo e interrupción del tránsito.

Retención de la licencia de conducir: El conductor no podrá manejar durante el tiempo que le sea confiscada su licencia, hasta que se supere la infracción.

Interrupción del viaje: El conductor es detenido y tiene dos horas para superar la infracción. De lo contrario se procede a la retención del vehículo.

Internamiento preventivo del vehículo: La autoridad toma posesión del vehículo, el mismo que puede ser liberado, si en 24 horas se supera la infracción.

Suspensión precautoria del servicio: El transportista queda impedido de prestar servicio hasta que supere la infracción.

Suspensión precautoria de la habilitación vehicular: El transportista no podrá prestar servicio hasta que se levante la sanción.

Clausura temporal del local: Procede si el inmueble es utilizado para otros fines o desacata una orden de suspensión, inhabilitación o cancelación.

Fraccionamiento para el pago de las multas:

multas

El calendario de pagos que proponga el infractor deberá sujetarse a la siguiente escala:

- Deuda hasta por 1 UIT, podrá fraccionarse hasta en seis cuotas de periodicidad mensual.

- Deuda de más de 1 UIT hasta 3 UIT, podrá fraccionarse hasta en 12 cuotas de periodicidad mensual.

- Deuda de más de 3 UIT hasta 5 UIT, podrá fraccionarse hasta en 24 cuotas de periodicidad mensual.

- Deuda de más de 5 UIT, podrá fraccionarse hasta por un máximo de 36 cuotas de periodicidad mensual.

Los pagos por fraccionamiento deberán efectuarse a más tardar dentro de los primeros cinco días hábiles del mes siguiente del que es materia de fraccionamiento.

Tenga en cuenta que  si la multa es cancelada dentro de los cinco días hábiles, recibirá una reducción del 50%.

* UIT: Unidad Impositiva Tributaria, equivalente a S/.3.550


Algunas de las nuevas multas: (Renat)

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- Empresarios o dueños de la carga, que no verifiquen que el transportista adopte las medidas correctas para el traslado de la mercancía. Recibirán sanción de S/.1.775 (50% UIT)

- Transportistas que presten servicio de transporte de pasajeros y de mercancías sin portar el Certificado de Inspección Técnica Vehicular, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) recibirán una multa de 710 soles (20% UIT)

- Los transportistas o conductores que alteren su ruta, recibirán una multa de S/. 1.775 (50% UIT)

- Los conductores de transporte público interprovincial y de carga deberán manejar durante cinco horas como máximo en el día y cuatro horas durante la noche. De lo contrario, se cancelará la habilitación de conductor.

* UIT: Unidad Impositiva Tributaria, equivalente a S/.3.550

29 Comentarios para “Nuevo RENAT”

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  1. VICTOR ARCA
    Julio 26th, 2009 @ 6:36 pm

    Señor. Hasta cuando las injustas capacitaciones para choferes.LAS AUTORIDADES que NO ENGAÑEN con su ignorancia y exploten directamente a los pobres choferes.

  2. Mariia luisa peres
    Agosto 3rd, 2009 @ 11:11 am

    como es la inspección de vehiculos???

  3. Mariia luisa peres
    Agosto 3rd, 2009 @ 11:12 am

    estoy haciendo un trabajo en españa sobre la inspección de vehiculos en peru, me podrían ayudar, por favor? gracias

  4. Lidia
    Agosto 3rd, 2009 @ 4:31 pm

    Me parece una cochudez que los choferes pidan más capacitación con el dinero de las multas, estas deben servir para el bien de la comunidad, los transportistas son también empresarios y los empresarios siempre trabajamos con nuestro propio peculio y dependiendo de la calidad de nuestros servicios obtendremos rentabilidad. Yo trabajo en turismo, vendo también servicios y si cometemos un error simplemente nuestros clientes (los turistas) no nos pagan o nos recomiendan, lo que ocasiona menos venta de servicios y menos ganancias, ¿cómo le vamos a pedir al estado que nos capacite para atenden mejor a los turistas? eso nos corresponde a nosotros como empresarios, mejorar cada vez más la calidad de nuestros servicios y ser competitivos en el mercado; pero claro esto los “señores” choferes que lo van ha entender o no quieren, está bién estas multas, sólo esperamos que generen conciencia y ocasionen el habito de hacer bien su trabajo para no perjudicar a los demás. Sólo falta que salga un reglamento para los que ponen las multas, es decir para los policías coimeros, que los choferes anden con cámaras y filmen sus faltas para el que Gobierno en la misma medida castigue drásticamente a estos policías que se suponen representan la ley y por ello deben ser castigados más severamente que la gente común y corriente, así también se generará conciencia en el cuerpo policial. EMPECEMOS A CAMBIAR PRIMERO NOSOTROS PARA EXIGIR QUE EL RESTO CAMBIE.

  5. sule
    Agosto 5th, 2009 @ 5:35 am

    Osea conduzco 5 hrs en la ruta y luego me hecho a dormir todo el dia para poder maanejar 4 hrs en la noche, que graciosos no saben nada de viajes, los q hacen los reglamentos esta manejado por gente q ignora el asunto. e visto los serranos q inspeccionan el plan cero y ninguo maneja carro como hacer un plan con gente q no conoce del asunto ah, dan risa y colera

  6. Antonio Caceres Alvarado
    Agosto 5th, 2009 @ 11:13 am

    quien fue el estupido que hizo este reglamento, yo viajo a chaclacayo todos los dias con mi hijo de 8 años, pago 200 soles mensuales en pasaje ahora el imbecil que dice que no viaje en mis faldas tendre que pagar 400 soles, ese estupido que hizo el reglamento nunca viajo en omnibus,

  7. Chavo
    Agosto 9th, 2009 @ 10:08 pm

    Si un conductor no sabe qué es la incercia, ni la fuerza centrífuga, ni la fuerza centrípeta, ni la fuerza de gravedad, ni las razones médicas y científicas acerca de los muchos peligros de conducir más de cuatro o cinco horas, no debería sentarse NUNCA frente al timón de un vehículo de pasajeros, porque esos conocimientos son fundamentales para hacerse responsable de la vida de sus pasajeros. Por lo tanto, sin ánimo de ofender, un ignorante no debe tener licencia para conducir vehículos de pasajeros ni de carga. Si alguien tilda de ignorante al que hace un reglamento, él mismo demuestra una gran ignorancia. Mejor le sería callarse la boca y disfrutar de la tranquilidad que le proveerá el nuevo código de tránsito, a él y a su hijo. Y para los que no pueden pagar el pasaje de sus hijos, debieron pensar en eso antes de tener hijos. Uno no debe tener hijos si no puede mantenerlos, pues! Echarle la culpa al reglamento no es la clave. Más bien, debe reconocer que le conviene asumir su responsabilidad con hidalguía. El pago del pasaje del hijo, por no mencionar todos los gastos, comenzando con los pañales, es una razón más para pensarlo dos veces antes de meterse con una mujer. Bua!!!

  8. orlando
    Agosto 10th, 2009 @ 8:59 am

    gracias alas nuevas multas las coimas alos policias tambien subiran ,estamos en un pais pobre y los reglamentos de transito es como para un pais con economia.

  9. tyarita
    Agosto 16th, 2009 @ 8:50 pm

    El día de ayer me estacioné en el parqueo de Castor( cuadra 46 de rep.panamá), allí hay un estacionamiento de doble fila, esto está señalizado desde que abrió la tienda. Cuando salí tenía la papeleta pegada en la luna del carro y ningún efectivo para las explicaciones y verificación del caso. Como es posible que la coloquen sin mayor explicación y verificación de que se esta cometiendo una infracción. Estoy de acuerdo con la aplicación del nuevo reglamento, pero considero que los procedimientos deben de revisarse porque la idea es que se aplique la ley pero con la debida información y señalización. Considero que deben mejorar la infraestructura vial con la finalidad de dar la información necesaria y visible para los conductores. No pueden cambiar todo de un día para otro sin un proceso de implementación. Esto solo puede denominarse incapacidad de gestión de los encargados de la implementación de la ley.

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